1. PRINCIPALES RIESGOS CUBIERTOS
La cobertura del seguro es la siguiente:
Dinero en efectivo en caja chica que sea propiedad del asegurado, que se encuentre bajo su responsabilidad, supervisión, control y custodia, dentro del local asegurado y que guarden relación con el giro del negocio, hasta el límite especificado por evento, máximo de dos eventos anuales, excepto aquellas enunciadas en la sección 2 de exclusiones.
2. EXCLUSIONES
El seguro no cubre lo siguiente:
- Pérdidas o daños causados por polilla, lombriz, termitas y otros insectos, alimañas, bichos o roedores, hongos, vicio propio o como resultado de defecto latente y/o vicio oculto, uso, deterioro gradual o fatiga de material,, contaminación, corrosión, erosión, cavitación, incrustaciones, oxidación, herrumbre, derrame, filtraciones, moho húmedo o seco o putrefacción, combustión espontanea, fermentación, humedad y sequedad de atmósfera, polución o smog o extremos cambios de temperatura, la luz solar o artificial, la calefacción, o pérdidas o daños por pérdida de resistencia, pérdida de peso, goteras, defectos de impermeabilización, asentamiento normal, encogimiento y expansión de edificios o cimientos.
- Las pérdidas o daños causados por contaminación ambiental biológica o química, polución o filtración de cualquier naturaleza, sea esta gradual o súbita e imprevista, incluyendo las multas o sanciones por tal causa además de la responsabilidad que le pueda ser imputada al asegurado.
- La interrupción de la explotación comercial o industrial, pérdidas indirectas por falta de alquiler o uso, suspensión o cesación del negocio, incumplimiento o rescisión de contratos, demoras, pérdidas de mercado, así como el Lucro Cesante, los restantes daños y/o pérdidas indirectas o consecuenciales, inclusive multas, sanciones y penalidades contractuales.
- Pérdida o daños por explosión, implosión o desplome sufridos por cualquier caldero, economizador y otro aparato que funcione bajo presión interna fluida o de vapor en el que se origine la explosión.
- Cualquier deshonestidad o acto de naturaleza fraudulenta o dolosa, por parte del ASEGURADO o cualquier infidelidad de sus empleados o cualquiera a quien la propiedad debe ser entregada o confiada.
- Pérdidas o daños causados con dolo o culpa inexcusable o negligencia grave.
- Merma de inventario o desaparición inexplicable.
- Pérdida o destrucción de o daño a cualquier propiedad o toda pérdida o gasto resultante o proveniente de daño consecuencial, o responsabilidad legal de cualquier naturaleza, directa o indirectamente causado o contribuido por radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio de combustión de combustible nuclear, o la radioactividad, tóxico, explosivo o cualquier propiedad azarosa de cualquier explosivo nuclear o componente nuclear.
- Pérdida o daño de cualquier acto o evento fuera del o en el curso del cual tal pérdida o daño provenga, constituye o es parte de, o es cometido u ocurre ya sea por razón de, o en conexión:
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Guerra, invasión, acto enemigo extranjero, hostilidades, operaciones bélicas (haya o no declaración de guerra) y guerra civil.
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Alborotos populares y/o asonadas asumiendo las características de un levantamiento popular, levantamiento militar, insurrección, rebelión, revolución, poder militar o usurpado, sublevación, insurgencia, insubordinación, sedición, conspiración, golpe de estado, confiscación, requisición, expropiación, nacionalización.
-
Cualquier acto de terrorismo.
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Huelga, motín, conmoción civil, daño malicioso, sabotaje, vandalismo, cierre patronal (lock-out), así como la interferencia en el predio asegurado descrito en la póliza y en el cual se desarrolla la actividad del asegurado de huelguistas u otras personas las cuales no permitan el normal desarrollo del giro del negocio
- Pérdida de/o daño a la propiedad asegurada causada por procesamiento, renovación, reparación o manufactura.
- Pérdida o daño a la propiedad asegurada como resultado de merma, encogimiento, evaporación, pérdida de peso, derrame rotura de cristal u otros artículos frágiles, rasgaduras, exposición a la luz o cambio de color, de textura, acabado o sabor, a menos que tal pérdida o daño sea directamente causado por incendio o combate efectuado para apagarlo, rayo terremoto o erupción volcánica, maremoto, tormenta, granizo, explosión, huelga o conmoción civil, caída de aeronaves, impacto de vehículos, derrame de rociadores, daño malicioso y vandalismo.
- Pérdida o daño causado por exposición a condiciones climáticas, mientras los bienes asegurados se encuentren a la intemperie.
- Pérdida o daño ocurrido mientras el edificio asegurado o que contiene la propiedad asegurada esta bajo el conocimiento del asegurado vacante o desocupado por más de 30 días consecutivos.
- Dinero en efectivo, titulo de valores de cualquier especie u obras de arte o antigüedades.
- Pérdida o daño causado por uso, desgaste o descompostura mecánica, ni tampoco abroche, engaste u otro sujetador, soporte o contenedor.
- Reconstrucción de películas y/o cintas así como pérdida de pies (longitud) de películas y/o cintas.
- Abolladuras y rasgaduras.
- Pérdida en vehículos desocupados.
- Cobertura de transporte distinta a la causada como consecuencia de un accidente al medio conductor.
- Pérdidas o daños de cualquier naturaleza que provengan u ocurran ya sea directa o indirectamente por o en conexión con riesgos que sean asegurables bajo otras pólizas de seguro registradas por LA COMPAÑÍA.