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¿Quién puede ser beneficiario de un seguro de vida?

En el caso del Seguro de Vida voluntario, a diferencia del Seguro de Vida Ley, el asegurado tiene la libertad de elegir a sus beneficiarios. Como práctica de prevención de lavados de activos y financiamiento del terrorismo, las Compañías de Seguros requieren que exista interés asegurable entre el asegurado y sus beneficiarios; es decir que exista una relación de dependencia económica entre ellos.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios del asegurado fallecido?
- Personas naturales: Familiares (cónyuge, hijos, padres, hermanos, etc.).
- Socios comerciales.
- Entidades financieras reguladas por la SBS, en las que se mantenga un préstamo.
- Empresas Administradoras de Fondos Colectivos reguladas por la SMV, en la que se tenga una participación.
Consideraciones importantes:
- Al elegir a los beneficiarios, se debe especificar el porcentaje que cada uno recibirá del beneficio total.
- Se puede modificar la lista de beneficiarios en cualquier momento durante la vigencia de la póliza.
- Es importante comunicar a los beneficiarios sobre su designación y las condiciones del seguro.
- Se recomienda contar con el asesoramiento de un especialista para elegir a los beneficiarios de forma adecuada y acorde a sus necesidades.
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Ejemplo:
María tiene un Seguro de Vida voluntario, puede elegir como beneficiarios a su cónyuge (50%) y sus dos hijos (25% cada uno). Si María fallece, el beneficio se repartirá de acuerdo con estos porcentajes.
Recomendación:
Al elegir a los beneficiarios de tu Seguro de Vida voluntario, considera tus necesidades y objetivos financieros. Es importante proteger a las personas que dependen de ti o que son importantes para ti, así como asegurar el cumplimiento de tus deseos en caso de fallecimiento.
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