Resumen de Coberturas y Exclusiones

Vida Ley Ex-Trabajadores

Coberturas

En caso de fallecimiento natural o accidental, así como de Invalidez Total y Permanente por Accidente en los términos definidos en la presente póliza, la Compañía pagará a el o los beneficiarios la suma asegurada señalada en las Condiciones Particulares, siempre y cuando al momento del siniestro se hubieran cumplido las siguientes condiciones: (i) la póliza hubiera estado vigente; y,(ii) la cobertura del seguro no se encuentre suspendida por falta de pago de primas.

Qué no cubrimos

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 688, el seguro “Vida Ley” no contempla exclusiones.