Resumen de Coberturas y Exclusiones

Vida Grupo

Coberturas

En caso de fallecimiento delAseguradodurante la vigencia de la presente cobertura, sea en territorio nacional o internacional, la Compañíapagará a los Beneficiarios la suma asegurada establecida en las Condiciones Particulares siempreque la causa del fallecimiento no se encuentre comprendida dentro de las exclusiones de póliza.

Qué no cubrimos

a) Enfermedad o dolencia preexistente a la afiliación del Asegurado, según según la definición de la Cláusula Primera de las Condiciones Generales de la presente póliza titulada: “Definiciones”.

b) Suicidio o por lesiones inferidas al Asegurado por sí mismo o por terceros con su consentimiento, salvo que la afiliación a la póliza haya estado en vigencia ininterrumpidamente durante dos (2) años.

c) Viajero vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en avión operado por una empresa de transporte aéreo comercial, legalmente autorizada para el transporte de pasajeros y en vuelo regular, dentro de itinerario fijo, entre aeropuertos debidamente establecidos y habilitados por la autoridad competente del país respectivo, sobre una ruta regular establecida para el transporte de pasajeros sujeto a itinerario.

d) Acto criminal en el que resulte responsable alguno de los beneficiarios, en cuyo caso la Compañía quedará liberada de pagar el beneficio que correspondía al (a los) beneficiario(s) responsable(s). De existir otros beneficiarios designados, no responsables de dicho acto, éstos únicamente percibirán el porcentaje de suma asegurada que les hubiera atribuido el Contratante y/o Asegurado.

e) Participación del Asegurado como sujeto activo en acto delictuoso empresa criminal, o por aplicación legítima de la pena de muerte.

f) Guerra declarada o no declarada (conflicto armado), civil o internacional; servicio y/o actividadmilitar o policial de cualquier índole, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra.

g) Actos de guerrilla, rebelión, sedición, motín, conmoción contra el orden público, terrorismo, huelga o tumulto popular, cuando el asegurado hubiera participado como elemento activo.

h) La práctica o participación delos siguientes deportes peligrosos: inmersión submarina, montañismo, alas delta, parapente, canotaje, rafting, saltos ornamentales, paracaidismo, cacería con armas de fuego, boxeo y artes marciales; la participación en entrenamientos o competencias, como profesional o aficionado, como conductor o acompañante en deportes de velocidad como: carreras de automóviles, lanchas, motocicletas o carreras de caballo.

i) SIDA/VIH